
El viceministro de Políticas Antibloqueo y gerente general del Observatorio Venezolano Antibloqueo, William Castillo, analizó en un artículo publicado este 29 de enero en la red social X los alcances e implicaciones de la Licencia 46, emitida en esa misma fecha por la Oficina de Control de Activos Financieros (OFAC, por sus siglas en inglés) de los Estados Unidos de Norteamérica.
A juicio del también viceministro de Políticas Antibloqueo, la medida “busca ser un mecanismo de control, de segregación operativa y financiera para garantizar a EE.UU. objetivos económicos y geopolíticos en su relación petrolera con Venezuela”.
Castillo desglosa en su escrito los alcances y las implicaciones de la medida, a su juicio “la más polémica” de las licencias que Estados Unidos ha emitido dentro de su feroz política sancionatoria contra Venezuela, que se remonta a más de un decenio.
La Licencia 46 condiciona de forma drástica la flexibilización de sanciones para autorizar operaciones productivas y comerciales a PDVSA, al tiempo que establece pautas y condiciones para que el petróleo venezolano vuelva al mercado internacional de hidrocarburos, “bajo un esquema en el que EE. UU. actúa como ‘administrador’ de los ingresos y ‘filtro’ de los socios comerciales”, explica el viceministro Castillo.
La decisión de la OFAC autoriza a entidades (compañías) estadounidenses a realizar operaciones comerciales con Venezuela, Pdvsa o sus filiales. Entre las transacciones permitidas están la extracción, exportación, venta, transporte, almacenamiento y refinación de petróleo de origen venezolano.
Igualmente, quedan autorizadas la organización de servicios de transporte y logística, el flete de buques, la obtención de seguros marítimos y cobertura de protección e indemnización, y los servicios portuarios y de terminales.
Restricciones
La reciente licencia de la OFAC prohíbe a las compañías estadounidenses que operen en Venezuela efectuar cualquier transacción con personas o entidades de Rusia, Irán, Corea del Norte o Cuba. Restringe igualmente todas las operaciones con entidades o personas de la República Popular China.
Establece asimismo la prohibición de utilizar el oro, los canjes de deuda o las criptomonedas como método de pago. La licencia no autoriza el uso de embarcaciones bloqueadas ni el desbloqueo de propiedades previamente sancionadas.
Coerción y control
Castillo destaca entre las implicaciones derivadas de esos elementos restrictivos el control jurisdiccional, ya que se dispone que las controversias deberán dirimirse en instancias legales estadounidenses.
Asimismo, establece el control del flujo de caja por las operaciones de venta, que deberán depositarse en un “Fondo de Depósito del Gobierno Extranjero”, supervisado e intervenido por Washington.
Venezuela y sus socios estadounidenses deben reportar al Departamento de Estado y al Departamento de Energía la información sobre quiénes participan en las operaciones, qué cantidades se mueven, los destinos finales y los impuestos que le sean pagados al Gobierno de Venezuela.
Considera Castillo que Washington pretende imponer el principio de “no contaminación” implícito en el esquema sancionatorio. De esa forma, se permite el acceso de Venezuela al mercado energético formal y el uso del dólar para efectuar las transacciones, pero se impone un veto a la participación de los países excluidos por la decisión de la OFAC, lo que deja en evidencia el carácter geopolítico de la decisión.
Activos siguen bloqueados
El viceministro destaca otros elementos importantes de la Licencia 46, como el hecho de que esta no desbloquea los activos que se le han incautado a Venezuela en territorio estadounidense, entre ellos la empresa Citgo Petroleum y los siete tanqueros confiscados por la Administración de ese país.
“La licencia abre un nuevo proceso para todos los actores involucrados en esta compleja reconfiguración de las relaciones económicas y políticas entre Venezuela y Estados Unidos, tras la criminal agresión militar del 3 de enero y el secuestro del presidente Nicolás Maduro”, concluye el viceministro William Castillo en su análisis.

