El Observatorio Venezolano Antibloqueo acaba de concluir la segunda actualización del informe sobre la metodología de registro y sistematización de las medidas coercitivas unilaterales y otras medidas restrictivas o punitivas impuestas a la República Bolivariana de Venezuela durante el período 2014-2023.
Este nuevo esfuerzo investigativo y de divulgación está en sintonía con el objetivo de definir y fijar criterios y referentes teóricos de validez universal, que permitan una comprensión cabal del problema de las MCU y refuercen la capacidad de los países víctimas de estas medidas arbitrarias e ilegales, para enfrentarlas en condiciones más favorables.
Esta actualización responde a los criterios establecidos por la República Bolivariana de Venezuela a través de la Ley Constitucional Antibloqueo. Asimismo, se ciñe a lo expresado por la relatora especial de Naciones Unidas sobre el impacto negativo de las MCU en el disfrute de los derechos humanos, Alena Douhan, respecto a que la ausencia de criterios y conceptos uniformes y con base científica, que sean además aceptados internacionalmente, sirve a los países sancionadores para esgrimir una pretendida estructura jurídico-política –ciertamente ambigua y violatoria del derecho internacional– con la cual silenciar el cuestionamiento de su política de agresión y evadir la responsabilidad por sus desafueros
El trabajo de actualización metodológica y analítica que hace el Observatorio Venezolano Antibloqueo es también cónsono con la idea de establecer un sistema de monitoreo internacional que permita evaluar el impacto global de las sanciones, con miras a lograr un entendimiento cada vez más profundo y abarcador acerca de este problema mundial.
Licencias: una variante del esquema sancionatorio
Un ejemplo ilustrativo de la utilización ambigua –cuando no claramente falaz– de algunos conceptos vinculados con la esfera de las sanciones lo constituyen, sin duda, las llamadas licencias, como las que semanas atrás le fueron extendidas a Venezuela en los sectores de petróleo, gas y finanzas.
Mediante estos “permisos” temporales y de mayor o menor alcance, los Estados sancionadores tratan de proyectar una idea de “alivio” hacia los países sancionados, cuando en realidad son un mecanismo complementario de ese esquema ilegal, que condiciona, a discreción del sancionador, el alcance de la supuesta flexibilización y confirma el propósito ilegal implícito en la sanción.
Como se expresa en el documento recientemente actualizado, “Más allá de su alcance diverso, a veces amplio y a veces restringido, las licencias extienden en el tiempo la vigencia de las sanciones y, por ende, contribuyen a eternizar las medidas de castigo contra otros Estados, personas o entidades”.
El sistema de investigación, acopio, sistematización y análisis que desde 2021 lleva adelante el Observatorio Antibloqueo, le ha permitido registrar, cuantificar y monitorear el proceso de agresión multiforme contra Venezuela y calibrar sus efectos y consecuencias, a la par de constituir un aporte tangible a la producción de conocimiento sobre este tema y ser un arma científica para que el país pueda superar el ilícito bloqueo que le ha sido impuesto desde el año 2014.
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