
La Ley AB permitirá un uso más eficiente y racional de activos bajo administración del Estado venezolano. La Administración Pública podría asumir la administración provisional de bienes involucrados en juicios por delitos contra el patrimonio público, lavado de dinero o tráfico de drogas, cuya incorporación o permanencia en determinados procesos productivos sea necesaria o estratégica para la actividad económica nacional, la satisfacción de necesidades básicas de la población o la prestación de servicios públicos esenciales.
Tal administración provisional debe realizarse reconociendo y protegiendo, en todo momento, los derechos que puedan corresponder a sus legítimos propietarios. Ello permitirá en algunos casos evitar el deterioro e improductividad de activos sometidos a procesos judiciales que urge poner al servicio del desarrollo productivo nacional.