
La Ley contempla siete destinos esenciales:
1. Desarrollar sistemas compensatorios de salario. El primer destino es el ingreso familiar y del sector trabajador, el área más afectada por los impactos económicos del bloqueo.
2. La Ley obliga a invertir en la recuperación y ahorro de las prestaciones sociales de los trabajadores y trabajadoras. El Ejecutivo podrá crear mecanismos financieros a gran escala que permitan restituir el valor de las prestaciones sociales hoy completamente afectado por los efectos de bloqueo.
3. Fortalecer el funcionamiento del sistema de protección social y toda La política de protección social. Mejorar los programas de subsidios alimentarios como el CLAP, fortalecer el sistema público nacional de salud, fortalecer el sistema de misiones y grandes misiones.
4. Recuperar los servicios públicos y la infraestructura pública. La desinversión, la caída en la calidad de los servicios públicos por la imposibilidad de comprar repuestos y dar mantenimiento, ha llevado a que nuestra población también padezca en materia de electricidad, de gas, de servicio de agua potable, de telecomunicaciones. Este es un sector estratégico para dar soporte a los proyectos de inversión.
5. Impulsar la capacidad productiva nacional, de las Industrias básicas y de los 17 motores productivos dando impulso a la recuperación económica general del país y a la sustitución selectiva de importaciones.
6. Promover la ciencia, la tecnología y la innovación para apuntalar el conocimiento científico y orientarlo al desarrollo del nuevo modelo productivo soberano.
7. Todas las acciones adicionales que se dirijan a apuntalar los objetivos estratégicos del Plan de la Patria.