
Se trata de una Ley Constitucional, quiere decir que posee el más alto rango jurídico de acuerdo al ordenamiento legal interno de la República Bolivariana de Venezuela. Su interpretación prevalece sobre disposiciones legales de menor rango, incluyendo las leyes orgánicas. Su régimen de reforma y nulidad es distinto al de otras leyes, de conformidad con la jurisprudencia reiterada de la Sala Constitucional del Tribunal Supremo de Justicia, lo que la convierte en un instrumento legal robusto y de gran solidez.